Escudo de la república de Colombia
De conformidad con el artículo 51 de la Ley 100 de 1993, el Auxilio Funerario es una prestación económica que se reconoce a la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado que fallezca, cuyo monto equivale al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a 10 veces dicho salario
Fecha de última actualización: Septiembre 17 de 2009
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